El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está cedido a las comunidades autónomas, por lo que el coste fiscal varía según el territorio. En Cataluña, los primeros 200.000 euros tributan al 5% si la operación se eleva a escritura pública.
Recibir una transferencia de los padres no es un ingreso exento. El beneficiario, es decir, el hijo que recibe el dinero, está obligado a declararlo y pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Los progenitores, en cambio, no tributan en el IRPF por entregar esa cantidad. Así lo confirman la abogada Joana Marín, directora del Bufete Marín Fonseca, y Àlex Ebrat, de Ebrat Advocats, consultados por La Vanguardia.
La declaración se presenta con el modelo 651. El plazo general en Cataluña es de un mes desde que se produce la donación. Ese mes empieza a contar en la fecha de la entrega del dinero, no cuando el receptor decide regularizar la situación. Por tanto, retrasar el trámite puede acarrear recargos.
La cuantía a pagar depende de varios factores: la comunidad autónoma donde resida el donatario, el importe recibido, el parentesco y la forma en que se haya formalizado la operación. No es lo mismo una simple transferencia bancaria que una donación elevada a escritura pública.
En Cataluña existe una tarifa reducida para donaciones entre padres e hijos. Si se formaliza en escritura pública, los primeros 200.000 euros de base liquidable tributan al 5%. El tramo entre 200.000 y 600.000 euros lo hace al 7%, y a partir de esa cifra, al 9%.
"La persona que debe declararla es el donatario, en este caso el hijo, pues es el beneficiario de la donación", explica Marín.
La clave está en el notario. Si el dinero ya se ha transferido antes de acudir a la notaría, todavía se puede aplicar la tarifa reducida siempre que la operación se eleve a escritura pública dentro del plazo previsto. Lo contrario, dejar pasar los meses y luego intentar documentarlo, puede suponer perder un tratamiento fiscal más favorable.
Además, existen bonificaciones específicas si el dinero se destina a la compra de la primera vivienda habitual y se cumplen los requisitos legales. En ese caso, el ahorro fiscal puede ser mayor.
La recomendación de los expertos es planificar la donación antes de hacer la transferencia. Una ayuda familiar de 50.000 euros puede acabar costando mucho más si se declara tarde o sin la formalización adecuada. En Cataluña, el plazo de un mes y la escritura pública marcan la diferencia.





