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La Justicia confirma que deberá desmantelarse la montaña de residuos salinos de Sallent

1 Marta Sanz · septiembre 3, 2026, 00:43 · 5 min de lectura

El largo conflicto judicial relacionado con la montaña de residuos salinos del Cogulló, situada en Sallent (Barcelona), afronta una nueva etapa después de que los tribunales hayan confirmado la obligación de proceder a su desmantelamiento.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha inadmitido la última impugnación presentada por Iberpotash, actualmente ICL Iberia, dentro de un procedimiento judicial que se prolonga desde hace aproximadamente dos décadas.

La resolución afecta a una enorme acumulación de residuos procedentes de la actividad minera que ocupa unas 45 hectáreas y contiene alrededor de 45 millones de toneladas de residuos salinos.

El origen de un conflicto judicial de dos décadas

El conflicto tiene su origen en las denuncias formuladas por vecinos de Sallent ante la acumulación de residuos salinos en terrenos cuya clasificación urbanística no permitía este tipo de actividad.

Aunque las primeras quejas relacionadas con los vertidos se remontan a finales de la década de 1970, el procedimiento que acabaría llegando a los tribunales comenzó en 2006.

La asociación de vecinos del barrio de la Rampinya solicitó entonces al Ayuntamiento de Sallent la apertura de un expediente destinado a restaurar la legalidad urbanística. Consideraban que los residuos estaban siendo depositados en terrenos donde esa actividad no estaba permitida.

Los vecinos, asistidos por abogados administrativos, llevaron la falta de actuación municipal ante la jurisdicción contencioso-administrativa. A partir de ahí comenzó un recorrido judicial que acabaría dando lugar a diferentes resoluciones sobre la legalidad de los vertidos y la obligación de restaurar los terrenos afectados.

En 2014, una sentencia dio la razón a los vecinos y estableció tanto la obligación de detener los vertidos como la necesidad de restablecer físicamente el terreno afectado.

La resolución contemplaba además el desmantelamiento de los residuos salinos acumulados fuera de las zonas reconocidas por el planeamiento urbanístico.

Los sucesivos recursos no han evitado la ejecución

Desde aquella primera resolución se han sucedido diferentes procedimientos e impugnaciones ante instancias judiciales superiores.

Uno de los principales puntos de conflicto ha sido precisamente la ejecución efectiva de las resoluciones judiciales. Los vecinos reclamaron que se materializaran las medidas ordenadas por los tribunales ante la permanencia de la enorme escombrera.

En marzo de 2024, los tribunales rechazaron el intento de impedir la ejecución forzosa de una resolución anterior que reiteraba la obligación de actuar sobre el depósito del Cogulló.

Posteriormente se presentaron nuevas impugnaciones. El Tribunal Supremo inadmitió una de ellas y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha hecho lo mismo con otra presentada posteriormente.

La inadmisión del recurso de casación supone que la vía utilizada para intentar frenar esta fase del procedimiento judicial no ha prosperado.

Una montaña artificial de unos 45 millones de toneladas

La dimensión del depósito explica buena parte de la complejidad del problema.

La montaña artificial del Cogulló ocupa aproximadamente 45 hectáreas y acumula alrededor de 45 millones de toneladas de residuos salinos procedentes de décadas de actividad minera.

Las diferentes resoluciones judiciales apuntan a que deberían retirarse aproximadamente entre 39 y 40 millones de toneladas.

De esa cantidad, unos 33,41 millones de toneladas habrían sido depositados antes de la sentencia dictada en 2014.

Los vertidos en el Cogulló terminaron definitivamente en 2019, por lo que actualmente el conflicto ya no se centra en detener nuevas aportaciones de residuos, sino fundamentalmente en determinar cómo debe ejecutarse la restauración de la zona.

El planeamiento posterior no legaliza los vertidos anteriores

Uno de los argumentos planteados durante el procedimiento estuvo relacionado con las modificaciones introducidas posteriormente en el planeamiento urbanístico municipal.

El Ayuntamiento de Sallent y la empresa habían defendido que la nueva regulación urbanística debía ser tenida en cuenta a la hora de valorar la situación del depósito.

Sin embargo, las resoluciones judiciales han considerado que una modificación posterior del planeamiento no puede servir para legalizar actuaciones realizadas anteriormente en terrenos en los que los vertidos no estaban permitidos.

Este aspecto resulta especialmente relevante porque buena parte de los residuos fueron depositados sobre suelo agrícola, una utilización que resultaba incompatible con la creación de la escombrera.

El impacto ambiental del Cogulló

Además del conflicto urbanístico, la montaña de residuos ha generado durante años preocupación por sus posibles efectos ambientales.

La presencia de una cantidad tan elevada de sal puede afectar a las aguas superficiales y subterráneas. Las precipitaciones y las filtraciones pueden transportar parte de esos materiales hacia los cursos de agua próximos.

La problemática ha estado especialmente vinculada a la cuenca del Llobregat y del Cardener, donde se han detectado históricamente problemas relacionados con la salinidad.

La actividad minera desarrollada en Sallent y Súria ya dio lugar a otros procedimientos judiciales. En 2014, un juzgado de Manresa condenó a tres directivos de Iberpotash por la contaminación de aguas relacionada con la gestión de los residuos mineros.

Además de las consecuencias penales para los responsables, se establecieron obligaciones destinadas a recuperar las zonas afectadas por la contaminación y reducir los elevados niveles de salinidad.

El gran reto será ejecutar la restauración

La finalización de las principales vías judiciales no significa que el problema ambiental y técnico esté automáticamente solucionado.

El principal desafío pasa ahora por determinar cómo se llevará a cabo la restauración de una instalación de dimensiones extraordinarias.

Entre las alternativas que se han planteado durante estos años se encuentran la retirada progresiva de los residuos, su posible aprovechamiento industrial o la impermeabilización y recuperación ambiental de determinadas zonas.

Algunas experiencias desarrolladas en otras escombreras mineras de la comarca han incluido el sellado del depósito y su posterior cobertura con vegetación. Sin embargo, las dimensiones del Cogulló hacen que cualquier intervención resulte considerablemente más compleja.

La retirada de decenas de millones de toneladas de residuos exigiría una actuación prolongada en el tiempo y una importante infraestructura logística.

La resolución judicial consolida, en cualquier caso, la obligación de restaurar el espacio afectado y pone fin a una parte fundamental de un conflicto que comenzó formalmente en 2006 y que ha enfrentado durante veinte años a vecinos, empresa minera y administraciones públicas.

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Marta Sanz

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