El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña estima parcialmente el recurso de ACOM y tumba la cláusula de exclusión en la contratación municipal y la ruptura de relaciones con Israel aprobadas por el Pleno de Barcelona en noviembre de 2023.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ de Cataluña) ha estimado parcialmente el recurso presentado por ACOM y ha anulado dos de las medidas aprobadas por el Ayuntamiento de Barcelona en el pleno del 24 de noviembre de 2023. La sentencia deja sin efecto la cláusula que vetaba a operadores económicos en la contratación municipal y la interrupción de relaciones institucionales con el Gobierno de Israel.
La resolución judicial, dada a conocer este viernes, da la razón a la asociación en los dos puntos que tenían consecuencias prácticas. El tribunal considera que ambas medidas exceden las competencias municipales y tienen carácter discriminatorio.
El origen del conflicto está en la declaración institucional que el Pleno aprobó pocas semanas después de los atentados terroristas del 7 de octubre de 2023. La propuesta salió adelante con los votos favorables del PSOE-PSC, Barcelona en Comú y ERC, y el rechazo de PP, VOX y Junts. El texto ordenaba implantar en todos los contratos públicos una obligación contractual de carácter esencial para vetar a operadores por sus actividades económicas, y suspendía las relaciones institucionales con Israel hasta que se cumplieran una serie de condiciones políticas sobre el conflicto.
En el ámbito de la contratación, la Sala rechaza que se tratara de una simple declaración política. Según el fallo, la medida tenía efectos prácticos y, aunque no mencionaba expresamente a ningún Estado, el contexto en que se aprobó permite apreciar su carácter discriminatorio. El tribunal subraya que el Ayuntamiento no puede modificar el régimen legal de contratación mediante una cláusula de exclusión de contenido indeterminado.
Sobre la interrupción de relaciones institucionales con el Gobierno israelí, el TSJ de Cataluña concluye que implica discriminación de terceros y que el consistorio carece de un título competencial que justifique esa decisión.
"La sentencia respalda la actuación de ACOM en defensa de la igualdad de trato y del sometimiento de las instituciones públicas a la ley", señalan fuentes de la asociación.
La Sala mantiene el apartado de contenido exclusivamente político al considerar que no tiene efectos jurídicos vinculantes. De este modo, la resolución anula las dos medidas operativas que habían sido impugnadas.
La decisión judicial supone un revés para el equipo de gobierno que lidera el alcalde Jaume Collboni y para sus socios de ERC y Barcelona en Comú, que impulsaron y sostuvieron el acuerdo. ACOM ha anunciado que continuará defendiendo que ninguna administración utilice sus potestades para imponer exclusiones discriminatorias al margen del ordenamiento jurídico.
La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo. Por el momento, las dos medidas anuladas dejan de tener efecto en la contratación municipal y en las relaciones institucionales del Ayuntamiento de Barcelona.



