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Una panadería de Balaguer deberá readmitir a trabajadora despedida por baja médica

El TSJC anula el despido injustificado de una trabajadora en Balaguer durante su baja médica.

Leo Salguero
Leo Salguero
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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha anulado el despido de una empleada de una panadería en Balaguer, quien fue despedida mientras estaba de baja por ansiedad. La empresa deberá pagarle 20.000 euros por daños morales.

La justicia ha intervenido en un caso que pone en evidencia la discriminación laboral hacia trabajadores con bajas médicas. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la nulidad del despido de una trabajadora de una panadería en Balaguer, quien fue despedida durante su incapacidad temporal por un trastorno de ansiedad. La decisión del tribunal se basa en la falta de pruebas que justifiquen el despido y en indicios claros de discriminación por parte del empleador. La sala social del TSJC desestimó el recurso presentado por la empresa, ratificando así la sentencia emitida anteriormente por el juzgado social de Lleida, que ordenaba la readmisión inmediata de la dependienta y el pago correspondiente a una indemnización por daño moral. Esta indemnización asciende a 20.000 euros, cifra considerada adecuada para compensar la vulneración a los derechos fundamentales que sufrió la trabajadora.

El conflicto laboral comenzó cuando, tras más de cuatro años trabajando en la panadería desde mayo del 2019, la empleada fue despedida disciplinariamente en enero del 2024. Según las acusaciones formuladas por la dirección, ella habría insultado al gerente y a una encargada durante una reunión; sin embargo, los tribunales no encontraron pruebas suficientes para respaldar estas afirmaciones.

Un aspecto relevante que destaca el TSJC es un mensaje enviado por el gerente a finales del año 2022, donde advertía sobre las consecuencias para aquellos empleados que tomaran bajas largas. Este tipo de comunicación se considera un indicio claro de una política empresarial hostil hacia las bajas médicas prolongadas y refuerza las sospechas sobre un posible trato discriminatorio hacia quienes se encuentran en situaciones similares.

La sentencia también subraya que era responsabilidad de la empresa demostrar que existía alguna causa ajena a la situación médica que justificara el despido, algo que no logró hacer ante los tribunales. Este fallo se suma a otros casos recientes donde se han visto vulnerados los derechos laborales relacionados con situaciones médicas, lo cual resalta un patrón preocupante dentro del ámbito laboral.

Cabe recordar que este tipo de decisiones judiciales son cruciales no solo para proteger los derechos individuales sino también para establecer precedentes importantes sobre cómo deben manejarse las relaciones laborales en contextos similares. Aunque esta sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo mediante recurso de casación, representa un paso significativo hacia la defensa contra prácticas laborales injustas.

Los trabajadores afectados pueden encontrar apoyo legal y asesoramiento sobre sus derechos laborales a través de diversas organizaciones sindicales o servicios jurídicos especializados. En este caso particular, es fundamental seguir atentos al desarrollo del proceso judicial y sus posibles repercusiones tanto para los empleados como para las empresas involucradas.

Leo Salguero

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Leo Salguero

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