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Verifactu, TicketBAI y SII: en qué se diferencian

Descubre las diferencias entre Verifactu, TicketBAI y SII: a quién afecta cada sistema, cuándo son obligatorios y cómo saber cuál debe cumplir tu empresa.

5 Rafael Medrano · julio 29, 2026, 14:53 · 5 min de lectura

Tres siglas, tres sistemas y una confusión considerable. Es habitual encontrar negocios convencidos de que tienen que cumplir los tres, o al contrario, empresas que dan por hecho que uno les exime de todo lo demás. Ninguna de las dos cosas es exacta.

Este artículo explica qué es cada uno, a quién aplica y cómo se relacionan entre sí. Es una distinción que conviene tener clara antes de contratar cualquier herramienta, porque no todos los programas de facturación compatibles con Verifactu cubren también los sistemas forales.

La respuesta rápida

Lo que determina qué sistema te aplica es tu domicilio fiscal, no dónde estén tus clientes.

Si estás en territorio común, te aplica Verifactu, salvo que ya estés en SII. Si estás en País Vasco, te aplica TicketBAI. Si estás en Navarra, tienes un régimen foral propio con su propio desarrollo. Y el SII es una obligación distinta que afecta a un grupo concreto de contribuyentes, con independencia de lo anterior.

Verifactu

Es el sistema de la Agencia Tributaria para territorio común. Nace de la Ley 11/2021 y se desarrolla en el Real Decreto 1007/2023 y en la Orden HAC/1177/2024.

No obliga a enviar todas las facturas a Hacienda: obliga a que el sistema de facturación garantice integridad, trazabilidad e inalterabilidad, mediante encadenamiento de registros, registro de eventos y código QR en cada factura. Contempla dos modalidades, con remisión automática a la Agencia Tributaria o sin ella.

Sus fechas, tras el aplazamiento del Real Decreto-ley 15/2025, son el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.

TicketBAI

Es el sistema equivalente de las haciendas forales vascas, aplicable en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. La diferencia más importante respecto a Verifactu no es técnica sino de calendario: TicketBAI lleva años en funcionamiento, con implantación escalonada desde 2022 y calendarios ya concluidos en los tres territorios.

Técnicamente es más exigente. Requiere firma electrónica de cada factura, encadenamiento y un código QR propio, con envío del fichero a la hacienda foral correspondiente. Bizkaia añade además el modelo Batuz, que incorpora el Libro Registro de Operaciones Económicas y va más allá de la facturación.

Si tu domicilio fiscal está en el País Vasco, Verifactu no te aplica: te aplica TicketBAI, y ya está vigente.

Navarra

Navarra no ha implantado TicketBAI. Su Hacienda Foral trabaja en un sistema propio, NaTicket, incluido en el Plan de Lucha contra el Fraude Fiscal 2025-2027, con una filosofía similar: software conforme, identificador verificable por factura y trazabilidad garantizada.

Al cierre de este artículo, NaTicket seguía en desarrollo sin calendario oficial de obligatoriedad publicado, de modo que la recomendación para empresas navarras es confirmar el estado directamente con la Hacienda Foral y preguntar a su proveedor de software si va a desarrollar el módulo correspondiente.

SII

El Suministro Inmediato de Información es una obligación distinta y anterior. Consiste en enviar a la Agencia Tributaria los libros registro de IVA por vía electrónica, en un plazo de cuatro días hábiles desde la emisión o recepción de la factura.

No aplica a todo el mundo. Es obligatorio fundamentalmente para grandes empresas por volumen de facturación, para inscritos en el registro de devolución mensual y para grupos de IVA, y es voluntario para el resto.

El punto relevante aquí es que quienes están en SII quedan fuera del ámbito de Verifactu, porque su régimen de reporte ya cumple la finalidad de control. Es la excepción que más gente desconoce.

Un cuadro mental sencillo

Verifactu regula cómo se genera la factura, en territorio común, desde 2027.

TicketBAI regula lo mismo en País Vasco, y ya está vigente.

SII regula cómo se reportan los libros de IVA, para un grupo concreto de contribuyentes, desde 2017.

La factura electrónica de la Ley Crea y Crece regula cómo circula la factura entre empresas, con formato estructurado, a partir de 2027 y 2028 según tamaño.

Son cuatro obligaciones distintas que pueden coincidir en el mismo negocio.

Casos que generan dudas

Empresa de territorio común que factura a clientes vascos. Le aplica Verifactu. El domicilio fiscal del emisor manda.

Empresa vasca con sede también en territorio común. Tendrá que cumplir en cada territorio según corresponda, lo que en la práctica exige un software que soporte ambos sistemas.

Empresa grande en SII. Queda fuera de Verifactu, pero sigue sujeta a la obligación de factura electrónica de la Ley Crea y Crece, que es independiente.

Autónomo que factura en papel. Queda fuera de Verifactu, con el matiz de siempre: emitir desde un ordenador e imprimir no es facturar en papel.

Qué preguntar a tu proveedor de software

Dos preguntas resuelven casi cualquier situación. ¿Qué sistemas cubre vuestro producto, Verifactu, TicketBAI, ambos? ¿Y qué previsión tenéis para la factura electrónica estructurada de la Ley Crea y Crece?

Un proveedor con respuesta clara a las dos es un proveedor que tiene el trabajo hecho o en marcha. Una respuesta ambigua a estas alturas dice bastante.

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Escrito por

Rafael Medrano

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